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La ESMA recomienda bloquear a los usuarios de la UE: la nueva actualización que debes conocerpor@ilinskii
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La ESMA recomienda bloquear a los usuarios de la UE: la nueva actualización que debes conocer

por Ilia Ilinskii5m2025/03/20
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Esta nueva actualización se centra en los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) sin licencia en la UE. Se centra en la solicitud inversa, según el artículo 61 de la Ley de Servicios de Criptoactivos (MiCA), y destaca los desafíos que enfrentan las empresas no pertenecientes a la UE al ofrecer servicios de criptoactivos a clientes de la UE.
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El 26 de febrero de 2025, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó guía Sobre el registro de residentes de la UE en plataformas extranjeras, conocido como «solicitud inversa» según el artículo 61 de la Ley de Servicios de Inversión de la Unión Europea (MiCA). Antes de la actualización, los residentes de la UE podían registrarse en plataformas extranjeras por iniciativa propia; si bien esto sigue permitido, la nueva interpretación es mucho más estricta.


Esta nueva actualización se centra en los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) sin licencia en la UE. Se centra en la solicitud inversa, según el artículo 61 de la Ley de Servicios de Criptoactivos (MiCA), y destaca los desafíos que enfrentan las empresas no pertenecientes a la UE al ofrecer servicios de criptoactivos a clientes de la UE.


Las directrices buscan crear un marco uniforme para evaluar cuándo se considera que las empresas no pertenecientes a la UE captan clientes en la UE. Tienen dos objetivos principales:

  • Prevenir la circunnavegación de MiCA
  • Garantizar una supervisión coherente entre las autoridades de la UE


Según la ESMA, las medidas garantizarán la igualdad de condiciones y al mismo tiempo protegerán a los clientes en la UE al garantizar que solo los operadores autorizados puedan ofrecer sus servicios.

Desafíos para los proveedores de servicios de cifrado no pertenecientes a la UE

Para los proveedores de criptoactivos sin licencia de la UE, la actualización presenta un serio desafío, que incluye una definición más estricta de solicitud. Según las nuevas directrices, cualquier acto que ofrezca, anuncie o promueva servicios de criptoactivos dentro de la UE, incluso indirectamente, se considerará solicitud. Incluso una campaña de marketing general que llegue a la UE podría caer en esta categoría. Esto significa que si una empresa no perteneciente a la UE interactúa por error con clientes de la UE mediante campañas de marketing proactivas, podría considerarse que está solicitando. Esta circunstancia podría dar lugar a sanciones por incumplimiento de la Ley MiCA.


En la directriz, la ESMA recomienda a las empresas de criptomonedas extranjeras sin licencias CASP de la UE que adopten medidas preventivas. Las nuevas directrices podrían obligar a las empresas a implementar medidas de geobloqueo para garantizar que su material de marketing no llegue a la UE. Sin embargo, las limitaciones legales a la solicitud inversa siguen vigentes si un cliente de la UE inicia el contacto por voluntad propia.

La definición de solicitud

La solicitud abarca una amplia gama de acciones e incluye cualquier promoción, anuncio u oferta de servicios de criptomonedas a clientes dentro de la UE. La ESMA ha ampliado intencionadamente la definición para abarcar todos los canales de marketing, tanto tradicionales como digitales. Curiosamente, incluye las reuniones presenciales. Las directrices también abarcan la solicitud de terceros, por ejemplo, a través de influencers cuyo contenido está disponible en la UE.


Una excepción importante son el material educativo y los eventos del sector, cuyo principal objetivo es compartir conocimientos sobre la tecnología o las innovaciones subyacentes. Sin embargo, si el público se dirige a una plataforma no perteneciente a la UE que ofrece servicios de criptomonedas, podría considerarse promocional.


La amplia cobertura de las directrices garantiza que cualquier esfuerzo por crear una presencia de marca en la UE, con las licencias adecuadas, pueda ser examinado bajo el nuevo marco.

Mejores prácticas para empresas no pertenecientes a la UE

Si bien las nuevas directrices son muy restrictivas, los proveedores de servicios de criptoactivos aún tienen opciones para acceder a clientes de la UE. En primer lugar, las directrices no prohíben a las empresas no pertenecientes a la UE ofrecer sus servicios a clientes dentro de la UE. Solo les prohíben realizar cualquier tipo de solicitación.


Al comentar las directrices, Peter Kerstens, el asesor de la Comisión Europea que ayudó a crear MiCA, anotado Si una empresa no perteneciente a la UE, en el curso normal de sus operaciones, recibe una solicitud de un cliente de la UE, no debe rechazarla. También señaló que las medidas de cumplimiento por parte de la UE serían difíciles para los proveedores de servicios sin presencia en la UE. Para garantizar que las empresas no se enfrenten a ningún conflicto con la UE, algunas buenas prácticas comunes pueden incluir:

Mantenimiento de registros claros

Al interactuar con clientes de la UE, las empresas deben asegurarse de contar con registros detallados de estas interacciones que documenten todos los compromisos. Al demostrar que los clientes iniciaron las interacciones, pueden reducir la probabilidad de cualquier presión de la UE.

Revisar materiales de marketing

Es importante revisar todos los materiales de marketing, incluidos anuncios, publicaciones en redes sociales e invitaciones a eventos, para garantizar que no estén dirigidos a clientes de la UE.

El bloqueo geográfico como último recurso

Para algunas empresas, el geobloqueo puede ser una medida más sencilla que intentar evitar que su material de marketing llegue a clientes de la UE. Garantiza que las direcciones IP de la UE no accedan a sus servicios. Sin embargo, esto podría limitar las oportunidades de negocio orgánicas.

Limitaciones de registro posteriores

Si una empresa adquiere un cliente de la UE de forma orgánica, existen limitaciones estrictas sobre lo que puede hacer con él. Las normas impiden que la empresa les muestre material promocional sobre sus otros servicios de criptomonedas. Esto significa que no deben recibir ventanas emergentes en su sitio web, actualizaciones por correo electrónico ni banners promocionales.

Las implicaciones para los residentes de la UE

El artículo 61 de la Ley de Servicios de Activos Virtuales (MiCA) puede ser interpretado de forma diferente por cada empresa. La aclaración de la ESMA y su aplicación se basarán en la práctica jurídica. Si bien los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) no tienen restricciones para ofrecer sus servicios en la UE, les resulta prácticamente imposible operar allí.


Por ejemplo, bajo la interpretación más estricta de las reglas de solicitud, si un cliente de la UE se une a una plataforma de criptomonedas y compra BTC, no debería poder ver ningún otro activo ofrecido en la plataforma, ya que eso constituiría una forma de publicidad incidental.


La UE ya cuenta con algunas de las normas más estrictas que han limitado las opciones de los residentes. Por ejemplo, según las normas MiCA, que entraron en vigor en diciembre de 2024, los proveedores de stablecoins deben registrarse en la UE. Como resultado, todos los proveedores de servicios de valor añadido (VASP) de la UE han dejado de ofrecer USDT y otras stablecoins, ya que ninguno de los operadores ha solicitado una licencia de la UE.


Según el artículo 61 de la Ley de Servicios de Pago de la Unión Europea (MiCA), las empresas no pertenecientes a la UE pueden, técnicamente, ofrecer sus servicios a residentes de la UE. Sin embargo, la reciente interpretación de la ESMA implica que esto es prácticamente imposible. Una de sus recomendaciones es que las empresas no pertenecientes a la UE bloqueen geográficamente sus servicios, lo que indica que su objetivo es disuadir a todos los proveedores de servicios de pago de valores no registrados en la UE de ofrecer sus servicios.

Conclusión

Las nuevas directrices de la ESMA sobre el Artículo 61 de la Ley de Servicios de Vigilancia de la Contabilidad (MiCA) sirven como recordatorio de que el cumplimiento normativo en la UE para los proveedores de servicios de valor añadido (VASP) es un campo en constante evolución que requiere un enfoque proactivo. Los proveedores de servicios de terceros países deben compatibilizar su objetivo de ampliar su cartera de clientes con el estricto cumplimiento de las normas sobre solicitud de incidentes.


Si bien la aplicación por parte de la ESMA de las normas a los VASP fuera de la UE puede ser limitada, podría afectar sus futuros intentos de obtener una licencia de la UE si no cumplen las nuevas directrices. En general, mantenerse informado es fundamental para unas operaciones comerciales sólidas. Para los usuarios de proveedores de criptoactivos, también es importante asegurarse de que la plataforma que utilizan cumpla con las normas para evitar una interrupción repentina del acceso debido a la presión de la UE.


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